MINISTERIO DEL LECTOR

Proclamar las lecturas en la celebración litúrgica, sobre todo en la Eucaristía, no es un servicio cualquiera, pues el lector y toda la asamblea debe saber la estrecha relación que, en ese momento, Dios está estableciendo con su pueblo.

Es por ello que, siguiendo las enseñanzas de D. Ramón Navarro (Delegado de Liturgia de la Diócesis de Cartagena) el Ministerio del Lector debe de estar sustentado por una adecuada formación: bíblica, litúrgica y técnica.

FORMACIÓN BÍBLICA

Esta debe aspirar a que los lectores estén capacitados para recibir el sentido de las lecturas en su propio contexto y para entender a la luz de la fe el núcleo central del mensaje revelado. No se trata tanto de que conozcan los aspectos exegéticos de los textos como de que adquieran un conocimiento profundo y vital de la sagrada escritura a la luz de la tradición litúrgica.

FORMACIÓN LITÚRGICA

Esta posibilita a los lectores una cierta percepción del sentido y de la estructura de la liturgia de la palabra y de su conexión con los ritos sacramentales y de modo particular con la liturgia Eucarística. El lector deberá estar informado de la composición del leccionario de la misa de acuerdo con los diferentes tiempos del Año Litúrgico, y de los leccionarios propios de la celebración de los diferentes sacramentos. El conocimiento de los criterios de ordenación y armonización de las lecturas entre sí le será muy útil para ayudar a quienes se preparan a recibir algún sacramento a elegir los textos más adecuados.

FORMACIÓN TÉCNICA

Relativa a la comunicación y a la lectura en público, ya sea a viva voz o con la ayuda de los medios modernos que la amplifican. El lector debe alcanzar un cierto grado de capacitación para desempeñar correctamente su función, sin detrimento del amor y de la dedicación a la Sagrada Escritura.

Teniendo en cuenta todo esto, es evidente que un lector no puede improvisar. No se trata de excluir a nadie de este ministerio, sino de confiarlo, con seriedad y preparación, a quienes ofrecen garantías suficientes.

MINISTROS EXTRAORDINARIOS DE LA COMUNIÓN

Para una mejor comprensión del Ministerio Extraordinario de la Comunión. Cuatro apuntes básicos:

  • Es un ministerio para Laicos. Hasta el s. VIII los laicos ejercían este servicio de llevar la comunión a aquellos que no podía acudir a la celebración, en concreto a los enfermos y encarcelados. Poco a poco, a partir de aquel siglo, este ministerio se fue reservando a los clérigos. No sería hasta 1972, cuando el Papa Pablo VI publica un documento (Ministeria quaedan) en el que establece en la Iglesia los ministerios de lector y acólito. El acólito era permanentemente “ministro extraordinario de la Sagrada Comunión”. Fue al año siguiente, con otra nueva Instrucción (Inmensae Caritatis), cuando se estable de para toda la Iglesia la institución del Ministerio Extraordinario de la Sagrada Comunión.

 

  • Es un ministerio extraordinario. Para entender bien esto hemos de saber que los “ministros ordinarios de la Eucaristía” son los obispos, sacerdotes y diáconos, quienes en la Eucaristía, en distintos momentos, actúan “in persona Christi”, realizando los cuatro gesto exclusivos del Señor en la celebración: tomar, dar gracias, partir y dar. Son ministros extraordinarios los acólitos establemente instituidos por el Obispo, y también estos laicos designados para un cierto tiempo. Es un ministerio extraordinario porque es un ministerio de suplencia, se ejerce en ausencia de ministros ordinario o cuando no son suficientes. Existe un orden para el ejercicio: primero el acólito instituido (seminarista), seminaristas sin instituir, religiosos/as, ministerio extraordinario designado.

 

  • Es un ministerio que se ejerce en la liturgia. Hay una doble motivación litúrgica. En primer lugar para actualizar el rito de Cristo de “dar” la comunión. Y en segundo lugar posibilitando el acto de fe de los fieles cuando se acercan a comulgar, pues antes de recibir el Cuerpo de Cristo el sacerdote lo proclama y el fiel asiente diciendo “Amén”. Es entonces cuando el sacerdote o ministro da el Cuerpo de Cristo.

 

  • Es un ministerio que se ejerce al servicio de la comunidad. Este ministerio facilita el acceso al sacramento a personas que se verían privadas de recibirlo, hablamos de ancianos o enfermos. También, en el caso de comunidades que no tienen posibilidad de celebrar la Eucaristía dominical, el Ministro puede realizar una celebración de la palabra con administración de la comunión, pero sin celebración de la Eucaristía.

 

Otro aspecto importante a tener en cuenta es que los Ministros Extraordinarios de la Sagrada Comunión son aquellos hombres y mujeres que han sido designados individualmente como tales por el Ordinario (el Obispo) para ejercer dicho ministerio en una comunidad concreta. El párroco, después de un discernimiento personal, presenta al obispo a los candidatos para que este los nombre.

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